González G. y González M. 2006. La Teoría de los Sentimientos de Agnes Heller en la Función de los Jueces. Cinta moebio 26: 177-195

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La Teoría de los Sentimientos de Agnes Heller en la Función de los Jueces

Gabriela Beatriz González-Gómez (gabriela@pormexico.com) Doctora en Derecho. Universidad Autónoma del Estado de México. Investigadora Centro Universitario UAEM Ecatepec.
María De Lourdes González-Chávez (malugonzalez@hotmail.com) Doctora en Derecho UNAM. Coordinadora del Doctorado en Derecho de la UAEM.


Resumen

El texto aquí desarrollado aborda los principios más generales del realismo sociológico escandinavo, en particular de la teoría de la función jurisdiccional y del interés de Alf Ross, que sostiene a la objetividad y subjetividad como parte integrante de la actividad del juzgador, contrastándola con el sustento teórico del pensamiento francés del siglo XIX sosteniendo la estricta objetividad en la aplicación del derecho. Desde la teoría de los sentimientos de Agnes Heller, se pretende ver la posible parcialidad de los jueces al ejercer su función jurisdiccional para tratar de satisfacer sus propias necesidades de seguridad, permanencia e independencia en sus cargos.

La función jurisdiccional es una expresión lingüística-psicológica producto de la propia personalidad del juzgador. Si un juez no tiene satisfechas necesidades de seguridad y expresión, entonces buscará formas alternas de satisfacer esas necesidades y su función jurisdiccional, podría verse afectada de parcialidad, ya que lo moverá motivos interesados.

Palabras Claves: sentimientos, juez, función jurisdiccional, poder judicial, objetividad, subjetividad.

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Cinta de Moebio
Revista de Epistemología de Ciencias Sociales
ISSN 0717-554X